LEADER 05606nam 2200589 a 450 001 9910827262003321 005 20200520144314.0 010 $a92-2-325358-6 035 $a(CKB)2670000000236201 035 $a(EBL)991910 035 $a(OCoLC)819565531 035 $a(MiAaPQ)EBC991910 035 $a(Au-PeEL)EBL991910 035 $a(CaPaEBR)ebr10583475 035 $a(NjHacI)992670000000236201 035 $a(EXLCZ)992670000000236201 100 $a20120813d2011 uy 0 101 0 $aspa 135 $aur|n|---||||| 181 $ctxt$2rdacontent 182 $cc$2rdamedia 183 $acr$2rdacarrier 200 00$aPautas para los funcionarios encargados del control por el Estado del puerto que realizan inspecciones en virtud del Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007 (num. 188) 205 $a1. ed. 210 $aGinebra $cOficina Internacional del Trabajo$d2011 215 $a1 online resource (113 p.) 300 $aDescription based upon print version of record. 311 $a92-2-325357-8 320 $aIncludes bibliographical references. 327 $aCopyright; Prefacio; Lista de participantes; i?ndice; 1. Introduccio?n; 1.1. Explicacio?n de los objetivos y del contenido de las pautas; 1.2. Aspectos generales del Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007 (nu?m. 188); 1.2.1. Objetivo del Convenio; 1.2.2. Estructura del Convenio; 1.2.3.Conceptos fundamentales del Convenio; 1.2.4.Cumplimiento y control de la aplicacio?n; 1.3. Definiciones; 2. Disposiciones relativas al control por el Estado del puerto contenidas en el Convenio nu?m. 188 y la Recomendacio?n nu?m. 199 327 $a2.1. Aspectos generales de las responsabilidadesde control que incumben al Estado del puertocon arreglo al Convenio nu?m. 1882.2. Disposiciones relativas al control por el Estado del puerto contenidas en la Recomendacio?n nu?m. 199; 2.3. «Funcionarios habilitados» para realizarel control por el Estado del puerto; 2.3.1. Perfil profesional de los funcionarios habilitadoscon arreglo al Convenio nu?m. 188; 2.3.2. Cualificaciones de los funcionarios habilitados; 3. Realizacio?n de las inspecciones de control por el Estado del puerto en el marco del Convenio nu?m. 188 327 $a3.1. Finalidad de las inspecciones de controlpor el Estado del puerto3.2. Orientaciones generales; 3.3. Realizacio?n de una inspeccio?n de control por el Estado del puerto en el marco del Convenio nu?m. 188; 3.3.1. Procedimientos para llevar a cabo una inspeccio?n cuando se han obtenido pruebas o se ha presentado una queja de que un buque pesquero no se ajusta a las disposiciones del Convenio nu?m. 188; 3.3.2. Consideracio?n de las exclusiones, exenciones y equivalencias sustanciales concedidas por el Estado del pabello?n; 3.3.3. Otras orientaciones con respectoa la investigacio?n de las quejas 327 $a3.4. Procedimientos de inspeccio?n de los buques pesqueros para verificar si cumplen los requisitosdel Convenio nu?m. 188 en materia de condicionesde vida y de trabajo4. Inspecciones de control por el Estado del puerto basadas en las pruebas obtenidas o en una queja va?lida; 4.1. Nota general; 4.2. Requisitos ba?sicos, fuentes caracteri?sticas de informacio?n y ejemplos de faltas de conformidad; 5. Medidas que podra?n adoptar los funcionarios encargados del control por el Estado del puerto cuando encuentren faltas de conformidad con respecto al Convenio nu?m. 188 327 $a5.1. Procedimientos relativos a las faltas de conformidad5.2. Ejemplos de circunstancias que pueden requerir ma?s investigacio?n y la posible inmovilizacio?n del buque pesquero; 5.3. Evitar toda demora o inmovilizacio?n de un buque sin motivo razonable; 5.4. Cooperacio?n del buque pesquero extranjero; Anexo A; Contenido de un «documento va?lido» (arti?culo 41); Anexo B; Datos que deben figurar en todo acuerdo de trabajo del pescador, de conformidad con el anexo II del Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007 (nu?m. 188); Anexo C 327 $aCuadro de requisitos para los buques pesqueros, de conformidad con el anexo III (Alojamiento a bordo de buques pesqueros) del Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007 (nu?m. 188) 330 $aCon frecuencia, aque?llos que trabajan a bordo de buques pesqueros se enfrentan a peligros extraordinarios e imprevisibles, y trabajan a menudo durante horarios prolongados y en condiciones difi?ciles. El Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007 (nu?m. 188), de la OIT tiene por objeto asegurar que tengan unas condiciones de trabajo decentes en lo que respecta a los requisitos mi?nimos para trabajar a bordo de buques esqueros; las condiciones de servicio; el alojamiento y la alimentacio?n; la proteccio?n de la seguridad y la salud e el trabajo, y la atencio?n me?dica y la seguridad social. Tambie?n p 606 $aMerchant mariners$xLegal status, laws, etc 606 $aMaritime law 606 $aShips$xInspection$xLaw and legislation 606 $aLabor inspection$xLaw and legislation 615 0$aMerchant mariners$xLegal status, laws, etc. 615 0$aMaritime law. 615 0$aShips$xInspection$xLaw and legislation. 615 0$aLabor inspection$xLaw and legislation. 676 $a343.07692 801 0$bMiAaPQ 801 1$bMiAaPQ 801 2$bMiAaPQ 906 $aBOOK 912 $a9910827262003321 996 $aPautas para los funcionarios encargados del control por el Estado del puerto que realizan inspecciones en virtud del Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007 (num. 188)$93982031 997 $aUNINA