LEADER 04675nam 2200589 a 450 001 9910671902303321 005 20170821170240.0 010 $a84-9031-216-8 035 $a(CKB)2670000000389274 035 $a(EBL)3212660 035 $a(OCoLC)923014912 035 $a(SSID)ssj0001028468 035 $a(PQKBManifestationID)11672936 035 $a(PQKBTitleCode)TC0001028468 035 $a(PQKBWorkID)11028158 035 $a(PQKB)11726386 035 $a(MiAaPQ)EBC3212660 035 $a(OCoLC)868945510 035 $a(FINmELB)ELB56822 035 $a(EXLCZ)992670000000389274 100 $a20130619d2012 uy 0 101 0 $aspa 135 $aur|n|---||||| 181 $ctxt 182 $cc 183 $acr 200 13$aEl recurso de apelacio?n civil por cuestiones de fondo$b[recurso electronico] /$fSalvador Iglesias Machado 210 $aMadrid $cDykinson$dD.L. 2012 215 $a1 online resource (205 p.) 300 $aDescription based upon print version of record. 311 $a84-9982-223-1 320 $aIncluye referencias bibliogra?ficas (p. [189]-202). 327 $aEL RECURSO DE APELACIO?N CIVIL POR CUESTIONES DE FONDO; PA?GINA LEGAL; I?NDICE; ABREVIATURAS; PRO?LOGO; INTRODUCCIO?N; 1 SURGIMIENTO Y EVOLUCIO?N; I. EL REMEDIO ORDINARIO DE LA COGNITIO EXTRA ORDINEM (...); II. EL RECURSO DE APELACIO?N CIVIL EN LAS LEYES DE ENJUICIAMIENTO CIVIL ESPAN?OLAS; A) Reglamento Provisional para la Administracio?n de Justicia de 26 de septiembre de 1835.; B) Ley de Bases de 13 de mayo de 185543.; C) Ley de Enjuiciamiento Civil de 5 de octubre de 1855.; D) Ley de Bases de 21 de junio de 1880; E) Ley de Enjuiciamiento Civil de 3 de febrero de 1881. 327 $aF) Reformas en el periodo 1881-1952G) Decreto de 21 de noviembre de 1952; H) Ley de 23 de julio de 1966; I) Ley de 20 de junio de 1968; J) Ley de 28 de noviembre de 1974; K) Ley de 6 de agosto de 1984; L) Ley 10/1992, de 30 de abril; III. REFLEXIONES CONCLUSIVAS; 2 SISTEMAS DE APELACIO?N; I. LAS DIVERSAS ESTRUCTURAS DE LA APELACIO?N; 1) El grado de autonomi?a que tiene el segundo enjuiciamiento.; 2) El a?mbito de la prueba.; 3) Cara?cter devolutivo del fallo de segunda instancia.; II. EL NACIMIENTO DE LA CONTRAPOSICIO?N DE LOS SISTEMAS (...); III. EL SISTEMA PLENO; A. Novum iudicium 327 $aB. Predominio del ius novorumC. Decisio?n de segunda instancia no devolutiva; IV. SISTEMA LIMITADO; A. Revisio prioris instantiae; B. Restricciones al ius novorum; C. Revisio?n negativa de la sentencia dictada en primera instancia (cara?cter devolutivo); V. SEGUIMIENTO DE LOS SISTEMAS PLENO Y LIMITADO EN LOS CO?DIGOS PROCESALES DEL SIGLO XIX; VI. LA CRISIS DEL SISTEMA PLENO Y LA ADOPCIO?N DE (...); A. Espan?a y Austria: inamovibles en el sistema limitado; A.1. Austria; A.2. Espan?a; A.3. Alemania: acercamiento paulatino y constante; A.4. Italia: acercamiento lleno de altibajos 327 $aA.5. Francia: el paradigma europeo del sistema plenoVII. DIVERSOS PLANTEAMIENTOS SOBRE LA DECISIO?N DE SEGUNDA INSTANCIA EN EL DERECHO COMPARADO; VIII. REFLEXIONES CONCLUSIVAS; 3 NATURALEZA Y FUNDAMENTO; I. EL PRINCIPIO DE DOBLE INSTANCIA; II. EL FUNDAMENTO DE LA DOBLE INSTANCIA: VENTAJAS (...); A. La primera instancia no es una cognicio?n plena; B. Incremento de las garanti?as de acierto en la decisio?n fi nal del objeto del proceso; C. Evitar el monopolio del juez a quo en la determinacio?n de los hechos; D. Confirmacio?n de los principios procesales ma?s avanzados 327 $aE. Si?ntesis de los argumentos favorables y contrarios al doble grado jurisdiccional1) Motivos que apoyan la segunda instancia; 2) Motivos negativos; III. LA DOBLE INSTANCIA COMO GARANTI?A EN EL DERECHO CONSTITUCIONAL E INTERNACIONAL; IV. EL RECURSO DE APELACIO?N; A. Definicio?n; B. Naturaleza; C. Caracteres; V. REFLEXIONES CONCLUSIVAS; 4 SUJETOS; I. O?RGANO JURISDICCIONAL; A. Competencia funcional; A.1. La peculiaridad de las fases del recurso; A.2. O?rgano jurisdiccional competente para conocer de la llamada fase de instruccio?n 327 $aA.3. Tribunal competente para conocer y decidir sobre el fondo del recurso de apelacio?n 606 $aRecurso de apelacio?n$zEspan?a 606 $aAppellate procedure$zSpain 615 4$aRecurso de apelacio?n 615 0$aAppellate procedure 676 $a3474608 700 $aIglesias Machado$b Salvador$01334990 712 02$ae-libro, Corp. 801 0$bMiAaPQ 801 1$bMiAaPQ 801 2$bMiAaPQ 906 $aBOOK 912 $a9910671902303321 996 $aEl recurso de apelacio?n civil por cuestiones de fondo$93054035 997 $aUNINA