LEADER 03325nam 2200469z- 450 001 9910367721203321 005 20240424225707.0 035 $a(CKB)4920000000095667 035 $a(oapen)https://directory.doabooks.org/handle/20.500.12854/63092 035 $a(EXLCZ)994920000000095667 100 $a20202102d2011 |y 0 101 0 $aspa 135 $aurmn|---annan 181 $ctxt$2rdacontent 182 $cc$2rdamedia 183 $acr$2rdacarrier 200 10$aLegado de deuda?$eA vueltas con la Pandecti?stica /$fConsuelo Carrasco Garci?a 210 $cUniversidad Carlos III de Madrid. Figuerola Institute of Social Science History$d2011 215 $a1 electronic resource (158 p.) 225 1 $aHistoria del Derecho 311 $a84-15454-41-4 327 $aUna afirmacio?n que induce a la reflexio?n -- Indagando en las fuentes -- Explicaciones a un por que?: Legatum debiti et utilitas -- Lo que la apariencia esconde: "Legatum debiti" et "Fraus legi" -- Recapitulando -- A vueltas con la Pandecti?stica -- A modo de conclusio?n: Historia, continuidades y discontinuidades. 330 $aObjeto de esta investigación que engloba Derecho romano, Ciencia jurídica alemana del siglo XIX, y Derecho civil actual, es el denominado ?legatum debiti?. Disposición testamentaria en virtud de la cual el ?de cuius? atribuye a su acreedor una cosa o cantidad en consideración de una deuda que con él tenía. Este trabajo pone de manifiesto que la construcción dogmática del "legatum debiti" tiene su fundamento en el Derecho romano; si bien no en las fuentes clásicas y justinianeas, sino en la elaboración que de éstas hizo la doctrina pandectística. Las razones que justificarían el recurso a esta figura jurídica por parte del testador: fines lícitos (introducir algún cambio en la relación obligatoria que se traducía en una ventaja para el acreedor; purificación de la obligación que se debía a condición o término; sustitución de la acción honoraria por acción civil; renuncia implícita a una excepción, o exigibilidad inmediata o en lugar más conveniente para el acreedor). Fines ilícitos (favorecer a través del testamento a alguien que, de otro modo, no habría podido heredar-vulneración leyes caducarías y Falcidia-). Se analizan, asimismo, los tratados de Pandectas, tanto de autores pertenecientes a la primera generación de alumnos de Savigny, como de otros pertenecientes a la ciencia jurídica alemana de la segunda mitad del siglo XIX. Se concluye aludiendo a la inexistencia en el BGB de alusión alguna al "legado de deuda" pese a su influencia pandectística. 606 $aClaims against decedents' estates (Roman law) 606 $aLegacies (Roman law) 606 $aLaw$zGermany$xPhilosophy 606 $aRoman law$xReception 610 $aCreditors 610 $aWills and legacies 610 $aAcreedores 610 $aInheritance 610 $aTestamento y legados 610 $aSucesiones 615 0$aClaims against decedents' estates (Roman law). 615 0$aLegacies (Roman law). 615 0$aLaw$xPhilosophy. 615 0$aRoman law$xReception. 700 $aCarrasco Garci?a$b Consuelo$0421249 906 $aBOOK 912 $a9910367721203321 996 $a¿Legado de deuda$93397155 997 $aUNINA