LEADER 06152nam 2200553 450 001 9910140419103321 005 20230422032028.0 035 $a(CKB)2670000000560552 035 $a(EBL)4626721 035 $a(MiAaPQ)EBC4626721 035 $a(OCoLC)984775084 035 $a(FlNmELB)ELB53668 035 $a(oapen)https://directory.doabooks.org/handle/20.500.12854/42652 035 $a(EXLCZ)992670000000560552 100 $a20160910d2000 uy 0 101 0 $aspa 135 $aurbn#---||||| 181 $2rdacontent 182 $2rdamedia 183 $2rdacarrier 200 10$aCa?nones y leyes en la Universidad de Alcala? durante el reinado de Carlos III$b[electronic resource] /$fRamo?n Aznar i Garci?a 210 $cUniversidad Carlos III de Madrid. Figuerola Institute of Social Science History$d2002 210 1$aMadrid :$cDykinson,$d2000. 215 $a1 online resource (349 pages) 225 1 $aBiblioteca del Instituto Antonio de Nebrija de Estudios sobre la Universidad ;$v7 300 $aDescription based upon print version of record. 311 $a84-8155-995-4 320 $aIncludes bibliographical references. 327 $aCA?NONES Y LEYES EN LA UNIVERSIDAD DE ALCALA? DURANTE EL REINADO DE CARLOS III; PA?GINA LEGAL; I?NDICE; PRO?LOGO; I. INTRODUCCIO?N; II. ALCALA? ANTES DE LA REFORMA CAROLINA; 1. Ca?tedras y grados en la reforma de Garci?a de Medrano; A) Grado de bachiller; B) Grados de licenciado y doctor; Repeticiones cano?nicas; Examen de licenciatura; Doctorado; III. REFORMA ILUSTRADA DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALA?; 1. Cambios en los contenidos de las ca?tedras; 2. Real provisio?n de 24 de enero de 1770; 3. Una gestacio?n controvertida; 4. Estudios de Ca?nones y Leyes; a) Principios rectores de la reforma 327 $ab) Dictamen de Francisco Javier de IzuriagaGrado de bachiller; Grados de licenciado y doctor; c) Informe del fiscal; d) Reaccio?n del claustro; e) Respuesta de Campomanes; f) Plan de estudios definitivo; IV. JUNTA DEL ME?TODO DE ESTUDIOS; 1. Funciones de la Junta; a) Ensen?anza; Matri?culas; Asistencia a las lecciones; Exa?menes; Manuales; b) Profesores; Ca?tedras vacantes; Auxiliares; Sustitutos de verano de las ca?tedras de Jurisprudencia; Facultades; c) Otras Funciones; Academias dominicales; Colegios menores; 2. Resistencia a los cambios; a) Conflictos con el claustro 327 $ab) Problemas con las o?rdenes religiosasV. ACADEMIAS DE JURISPRUDENCIA; 1. Situacio?n previa a la reforma; 2. Consecuencias del nuevo plan de estudios; 3. Reglamento de 1773; 4. Conflictos acade?micos; VI. CA?TEDRAS Y CATEDRA?TICOS; 1. El Consejo reforma la provisio?n de ca?tedras; a) Una docencia dominada por los colegiales mayores; b) Transformacio?n del sistema de oposiciones; 2. Fin del dominio colegial; 3. Rasgos de los opositores juristas; 4. Perfil de los profesores de Ca?nones y Leyes; a) Sustitutos; b) Catedra?ticos; 5. Actividad intelectual de los juristas complutenses 327 $a6. Salarios de las ca?tedrasa) Prima; b) Vi?speras; c) Decreto; d) Sexto; e) Decretales mayores; f) Decretales menores; g) Libro segundo de la Instituta; h) Libro primero de la Instituta; VII. ESTUDIANTES DE CA?NONES Y LEYES; 1. Dimensio?n de la universidad de Alcala?; 2. Matri?cula por facultades; 3. Procedencia geogra?fica; 4. Edad de los estudiantes; 5. Mortalidad acade?mica o fracaso escolar; 6. Formas de residencia; APE?NDICE 1. REGLAMENTO DE LAS ACADEMIAS DE JURISPRUDENCIA DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALA? DE HENARES; APE?NDICE 2 OPOSITORES JURISTAS DE ALCALA? (1763-1801) 327 $aAPE?NDICE 3 PROFESORES JURISTAS DE ALCALA? (1767-1777) 330 $aPor deseo fundacional, Alcalá carecía de facultad de leyes. Los estudios de derecho civil se iniciaron en Alcalá en 1673 ?aunque previamente existían lecciones extraordinarias de esa materia? con la creación de dos cátedras de Instituta como auxilio a la enseñanza de cánones. Con el plan de 1772 ?cuya azarosa génesis reconstruye cuidadosamente Ramon Aznar? la antigua facultad de cánones se convierte en facultad de derechos o jurisprudencia: se modifican cátedras, se establecen manuales de clara orientación regalista para su estudio, se controla la asistencia y los conocimientos. La aplicación de las reformas fue encomendada por el consejo de Castilla a un organismo de nueva planta: la junta del método de estudios. El plan de 1772 afectó de lleno también a las academias, pieza fundamental en la enseñanza universitaria del siglo XVIII vinculadas fundamentalmente a los manteistas. Éstas eran centros autónomos de los estudios y tenían una clara orientación práctica: enseñaban a exponer y argüir en público, conocimientos que eran esenciales para el éxito de los actos académicos, exámenes de grados y oposiciones. Catedráticos y estudiantes no podían quedar al margen de estas reformas, se aprecia así el final del dominio colegial sobre las cátedras, el perfil de los nuevos profesores de cánones y leyes, su producción intelectual, los salarios de las cátedras. En cuanto a los alumnos se realiza su recuento, distribución por facultades, procedencia geográfica, edad, mortalidad académica y un apunte sobre la vida cotidiana. El libro se cierra con tres apéndices: el reglamento de las academias de jurisprudencia ?inédito hasta el momento?, una relación de todos los opositores juristas con sus méritos ?datos imprescindibles para otras investigaciones? y el elenco de los profesores juristas. 410 0$aBiblioteca del Instituto Antonio de Nebrija de Estudios sobre la Universidad ;$v7. 606 $aHistory 607 $aEspan?a 610 $aUniversidad de Alcala? (Madrid, Madrid). 610 $aDerecho$aEspan?a$aHistoria. 615 0$aHistory. 676 $a378.4641 700 $aAznar i Garci?a$b Ramo?n$0888215 801 0$bFINmELB 801 1$bFINmELB 801 2$bUkMaJRU 906 $aBOOK 912 $a9910140419103321 996 $aCa?nones y leyes en la Universidad de Alcala? durante el reinado de Carlos III$91984113 997 $aUNINA