03325nam 2200469z- 450 991036772120332120240424225707.0(CKB)4920000000095667(oapen)https://directory.doabooks.org/handle/20.500.12854/63092(EXLCZ)99492000000009566720202102d2011 |y 0spaurmn|---annantxtrdacontentcrdamediacrrdacarrierLegado de deuda?A vueltas con la Pandectística /Consuelo Carrasco GarcíaUniversidad Carlos III de Madrid. Figuerola Institute of Social Science History20111 electronic resource (158 p.)Historia del Derecho84-15454-41-4 Una afirmación que induce a la reflexión -- Indagando en las fuentes -- Explicaciones a un por qué: Legatum debiti et utilitas -- Lo que la apariencia esconde: "Legatum debiti" et "Fraus legi" -- Recapitulando -- A vueltas con la Pandectística -- A modo de conclusión: Historia, continuidades y discontinuidades.Objeto de esta investigación que engloba Derecho romano, Ciencia jurídica alemana del siglo XIX, y Derecho civil actual, es el denominado “legatum debiti”. Disposición testamentaria en virtud de la cual el “de cuius” atribuye a su acreedor una cosa o cantidad en consideración de una deuda que con él tenía. Este trabajo pone de manifiesto que la construcción dogmática del "legatum debiti" tiene su fundamento en el Derecho romano; si bien no en las fuentes clásicas y justinianeas, sino en la elaboración que de éstas hizo la doctrina pandectística. Las razones que justificarían el recurso a esta figura jurídica por parte del testador: fines lícitos (introducir algún cambio en la relación obligatoria que se traducía en una ventaja para el acreedor; purificación de la obligación que se debía a condición o término; sustitución de la acción honoraria por acción civil; renuncia implícita a una excepción, o exigibilidad inmediata o en lugar más conveniente para el acreedor). Fines ilícitos (favorecer a través del testamento a alguien que, de otro modo, no habría podido heredar-vulneración leyes caducarías y Falcidia-). Se analizan, asimismo, los tratados de Pandectas, tanto de autores pertenecientes a la primera generación de alumnos de Savigny, como de otros pertenecientes a la ciencia jurídica alemana de la segunda mitad del siglo XIX. Se concluye aludiendo a la inexistencia en el BGB de alusión alguna al "legado de deuda" pese a su influencia pandectística.Claims against decedents' estates (Roman law)Legacies (Roman law)LawGermanyPhilosophyRoman lawReceptionCreditorsWills and legaciesAcreedoresInheritanceTestamento y legadosSucesionesClaims against decedents' estates (Roman law).Legacies (Roman law).LawPhilosophy.Roman lawReception.Carrasco García Consuelo421249BOOK9910367721203321¿Legado de deuda3397155UNINA