06152nam 2200553 450 991014041910332120230422032028.0(CKB)2670000000560552(EBL)4626721(MiAaPQ)EBC4626721(OCoLC)984775084(FlNmELB)ELB53668(oapen)https://directory.doabooks.org/handle/20.500.12854/42652(EXLCZ)99267000000056055220160910d2000 uy 0spaurbn#---|||||rdacontentrdamediardacarrierCánones y leyes en la Universidad de Alcalá durante el reinado de Carlos III[electronic resource] /Ramón Aznar i GarcíaUniversidad Carlos III de Madrid. Figuerola Institute of Social Science History2002Madrid :Dykinson,2000.1 online resource (349 pages)Biblioteca del Instituto Antonio de Nebrija de Estudios sobre la Universidad ;7Description based upon print version of record.84-8155-995-4 Includes bibliographical references.CÁNONES Y LEYES EN LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ DURANTE EL REINADO DE CARLOS III; PÁGINA LEGAL; ÍNDICE; PRÓLOGO; I. INTRODUCCIÓN; II. ALCALÁ ANTES DE LA REFORMA CAROLINA; 1. Cátedras y grados en la reforma de García de Medrano; A) Grado de bachiller; B) Grados de licenciado y doctor; Repeticiones canónicas; Examen de licenciatura; Doctorado; III. REFORMA ILUSTRADA DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ; 1. Cambios en los contenidos de las cátedras; 2. Real provisión de 24 de enero de 1770; 3. Una gestación controvertida; 4. Estudios de Cánones y Leyes; a) Principios rectores de la reformab) Dictamen de Francisco Javier de IzuriagaGrado de bachiller; Grados de licenciado y doctor; c) Informe del fiscal; d) Reacción del claustro; e) Respuesta de Campomanes; f) Plan de estudios definitivo; IV. JUNTA DEL MÉTODO DE ESTUDIOS; 1. Funciones de la Junta; a) Enseñanza; Matrículas; Asistencia a las lecciones; Exámenes; Manuales; b) Profesores; Cátedras vacantes; Auxiliares; Sustitutos de verano de las cátedras de Jurisprudencia; Facultades; c) Otras Funciones; Academias dominicales; Colegios menores; 2. Resistencia a los cambios; a) Conflictos con el claustrob) Problemas con las órdenes religiosasV. ACADEMIAS DE JURISPRUDENCIA; 1. Situación previa a la reforma; 2. Consecuencias del nuevo plan de estudios; 3. Reglamento de 1773; 4. Conflictos académicos; VI. CÁTEDRAS Y CATEDRÁTICOS; 1. El Consejo reforma la provisión de cátedras; a) Una docencia dominada por los colegiales mayores; b) Transformación del sistema de oposiciones; 2. Fin del dominio colegial; 3. Rasgos de los opositores juristas; 4. Perfil de los profesores de Cánones y Leyes; a) Sustitutos; b) Catedráticos; 5. Actividad intelectual de los juristas complutenses6. Salarios de las cátedrasa) Prima; b) Vísperas; c) Decreto; d) Sexto; e) Decretales mayores; f) Decretales menores; g) Libro segundo de la Instituta; h) Libro primero de la Instituta; VII. ESTUDIANTES DE CÁNONES Y LEYES; 1. Dimensión de la universidad de Alcalá; 2. Matrícula por facultades; 3. Procedencia geográfica; 4. Edad de los estudiantes; 5. Mortalidad académica o fracaso escolar; 6. Formas de residencia; APÉNDICE 1. REGLAMENTO DE LAS ACADEMIAS DE JURISPRUDENCIA DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ DE HENARES; APÉNDICE 2 OPOSITORES JURISTAS DE ALCALÁ (1763-1801)APÉNDICE 3 PROFESORES JURISTAS DE ALCALÁ (1767-1777)Por deseo fundacional, Alcalá carecía de facultad de leyes. Los estudios de derecho civil se iniciaron en Alcalá en 1673 —aunque previamente existían lecciones extraordinarias de esa materia— con la creación de dos cátedras de Instituta como auxilio a la enseñanza de cánones. Con el plan de 1772 —cuya azarosa génesis reconstruye cuidadosamente Ramon Aznar— la antigua facultad de cánones se convierte en facultad de derechos o jurisprudencia: se modifican cátedras, se establecen manuales de clara orientación regalista para su estudio, se controla la asistencia y los conocimientos. La aplicación de las reformas fue encomendada por el consejo de Castilla a un organismo de nueva planta: la junta del método de estudios. El plan de 1772 afectó de lleno también a las academias, pieza fundamental en la enseñanza universitaria del siglo XVIII vinculadas fundamentalmente a los manteistas. Éstas eran centros autónomos de los estudios y tenían una clara orientación práctica: enseñaban a exponer y argüir en público, conocimientos que eran esenciales para el éxito de los actos académicos, exámenes de grados y oposiciones. Catedráticos y estudiantes no podían quedar al margen de estas reformas, se aprecia así el final del dominio colegial sobre las cátedras, el perfil de los nuevos profesores de cánones y leyes, su producción intelectual, los salarios de las cátedras. En cuanto a los alumnos se realiza su recuento, distribución por facultades, procedencia geográfica, edad, mortalidad académica y un apunte sobre la vida cotidiana. El libro se cierra con tres apéndices: el reglamento de las academias de jurisprudencia —inédito hasta el momento—, una relación de todos los opositores juristas con sus méritos —datos imprescindibles para otras investigaciones— y el elenco de los profesores juristas.Biblioteca del Instituto Antonio de Nebrija de Estudios sobre la Universidad ;7.HistoryEspañaUniversidad de Alcalá (Madrid, Madrid).DerechoEspañaHistoria.History.378.4641Aznar i García Ramón888215FINmELBFINmELBUkMaJRUBOOK9910140419103321Cánones y leyes en la Universidad de Alcalá durante el reinado de Carlos III1984113UNINA