1.

Record Nr.

UNINA9910493224903321

Titolo

Pautas para los funcionarios encargados del control por el Estado del puerto que realizan inspecciones en virtud del Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007 (núm. 188) [[electronic resource]]

Pubbl/distr/stampa

Ginebra, : Oficina Internacional del Trabajo, 2011

ISBN

92-2-325358-6

Edizione

[1. ed.]

Descrizione fisica

1 online resource (113 p.)

Disciplina

343.07692

Soggetti

Merchant mariners - Legal status, laws, etc

Maritime law

Ships - Inspection - Law and legislation

Labor inspection - Law and legislation

Electronic books.

Lingua di pubblicazione

Spagnolo

Formato

Materiale a stampa

Livello bibliografico

Monografia

Note generali

Description based upon print version of record.

Nota di bibliografia

Includes bibliographical references.

Nota di contenuto

Copyright; Prefacio; Lista de participantes; índice; 1. Introducción; 1.1. Explicación de los objetivos y del contenido de las pautas; 1.2.  Aspectos generales del Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007 (núm. 188); 1.2.1. Objetivo del Convenio; 1.2.2. Estructura del Convenio; 1.2.3.Conceptos fundamentales del Convenio; 1.2.4.Cumplimiento y control de la aplicación; 1.3. Definiciones; 2.  Disposiciones relativas al control por el Estado del puerto contenidas en el Convenio núm. 188 y la Recomendación núm. 199

2.1.  Aspectos generales de las responsabilidadesde control que incumben al Estado del puertocon arreglo al Convenio núm. 1882.2.  Disposiciones relativas al control por el Estado del puerto contenidas en la Recomendación núm. 199; 2.3.  «Funcionarios habilitados» para realizarel control por el Estado del puerto; 2.3.1.  Perfil profesional de los funcionarios habilitadoscon arreglo al Convenio núm. 188; 2.3.2. Cualificaciones de los funcionarios habilitados; 3.  Realización de las inspecciones de control por el Estado del puerto en el marco del Convenio núm. 188

3.1.  Finalidad de las inspecciones de controlpor el Estado del puerto3.



2. Orientaciones generales; 3.3.  Realización de una inspección de control por el Estado del puerto en el marco del Convenio núm. 188; 3.3.1.  Procedimientos para llevar a cabo una inspección cuando se han obtenido pruebas o se ha presentado una queja de que un buque pesquero no se ajusta a las disposiciones del Convenio núm. 188; 3.3.2.  Consideración de las exclusiones, exenciones y equivalencias sustanciales concedidas por el Estado del pabellón; 3.3.3.  Otras orientaciones con respectoa la investigación de las quejas

3.4.  Procedimientos de inspección de los buques pesqueros para verificar si cumplen los requisitosdel Convenio núm. 188 en materia de condicionesde vida y de trabajo4.  Inspecciones de control por el Estado del puerto basadas en las pruebas obtenidas o en una queja válida; 4.1. Nota general; 4.2.  Requisitos básicos, fuentes características de información y ejemplos de faltas de conformidad; 5.  Medidas que podrán adoptar los funcionarios encargados del control por el Estado del puerto cuando encuentren faltas de conformidad con respecto al Convenio núm. 188

5.1. Procedimientos relativos a las faltas de conformidad5.2.  Ejemplos de circunstancias que pueden requerir más investigación y la posible inmovilización del buque pesquero; 5.3.  Evitar toda demora o inmovilización de un buque sin motivo razonable; 5.4. Cooperación del buque pesquero extranjero; Anexo A; Contenido de un «documento válido» (artículo 41); Anexo B; Datos que deben figurar en todo acuerdo de trabajo del pescador, de conformidad con el anexo II del Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007 (núm. 188); Anexo C

Cuadro de requisitos para los buques pesqueros, de conformidad con el anexo III (Alojamiento a bordo de buques pesqueros) del Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007 (núm. 188)

Sommario/riassunto

Con frecuencia, aquéllos que trabajan a bordo de buques pesqueros se enfrentan a peligros extraordinarios e imprevisibles, y trabajan a menudo durante horarios prolongados y en condiciones difíciles. El Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007 (núm. 188), de la OIT tiene por objeto asegurar que tengan unas condiciones de trabajo decentes en lo que respecta a los requisitos mínimos para trabajar a bordo de buques esqueros; las condiciones de servicio; el alojamiento y la alimentación; la protección de la seguridad y la salud e el trabajo, y la atención médica y la seguridad social. También p